Ex jueces insisten: viola la Constitución y soberanía, acuerdo entre EE.UU y RD

 Santo Domingo, Republica Dominicana.- Cuatro ex jueces del Tribunal Constitucional reiteran que el acuerdo suscrito entre autoridades dominicanas y de los Estados Unidos de América, para establecer pre-chequeos de pasajeros con destino a la nación Norteamérica en territorio nacional, es una violación a la Constitución del país caribeño y vulnera principios de soberanía.

Jottin Cury David, Katia Miguelina Jiménez,
Leyda Margarita Piña y Wilson Gómez
Los magistrados Leyda Margarita Piña, Jottin Cury David, Wilson Gómez y Katia Miguelina Jimenez, en nota escrita enviada a esta redacción, responden de esa manera los planteamientos de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) y de los abogados Olivo Rodríguez Huertas y Naseff Perdomo, quienes alegan que el convenio entre los Estados Unidos y la República Dominicana, beneficia al turismo y no vulnera la soberanía.

Perdomo explicó hace poco que “el acuerdo no viola la Constitución por tratarse solo de trasladar a los aeropuertos dominicanos un proceso administrativo que se se hace en las terminales aéreas estadounidenses”. 

En ese sentido los cuatro ex magistrados del Tribunal Constitucional consideran que el asunto no debe minimizarse de ese modo, y mucho menos denominarse como “traslado”, sino la extraterritorialización de las fronteras de los Estados Unidos al territorio dominicano.

Piña, Cury David, Gómez y Jiménez, consideran que eso (el acuerdo), configura cesión de soberanía, pues significaría una extensión de las fronteras de los Estados Unidos en el territorio nacional dominicano.

Manifiestan los ex jueces que de hecho, ni las mismas autoridades norteamericanas no disfrazan la extraterritorailización de las fronteras de esa nación.

En ese sentido agregan que el ex secretario de Seguridad Nacional de los EE.UU, Jeh Johnson, llegó a expresar refiriéndose a su nación que: “Debemos aprovechar cada oportunidad que tenemos para expandir nuestra seguridad nacional más allá de nuestras propias fronteras”.

Se está intentando restar importancia a las actuaciones para las cuales quedarían facultados los agentes de preautorización en las áreas de pre chequeo, reduciéndolas a “un proceso administrativo”, cuando en realidad se trata de controles de transporte aéreo, que involucra áreas tales como migración, aduanas, agricultura, seguridad, sanidad, entre otras, y que son facultades que en territorio nacional deben ser ejercidas por agentes dominicanos.

Los ex jueces aducen, que quienes han salido en defensa de sus clientes no aportan argumentos jurídicos sobre la alegada constitucionalidad del preclearance y evaden el tema de los refugiados, lo que actualmente, con la crisis de Haití, es un tema peliagudo.

Explicaron que “la soberanía se ejerce en un espacio físico concreto, que es precisamente el territorio y las fronteras como límites entre uno y otro Estado. Un elemento del Estado es el territorio, el cual se encuentra delimitado por fronteras, por unos límites territoriales que la propia Constitución establece, y que determina el ámbito espacial de validez de los mismos”.

“Lo anterior implica que los controles aéreos, fronterizos, marítimos, constituyen una manifestación del derecho soberano de todo Estado a decidir, quiénes entran o no, cuáles bienes ingresan o no, a su territorio. Punta Cana, lugar por donde se tiene planificado iniciar este programa para preservar la seguridad de los Estados Unidos, es territorio de la República Dominicana. Por tanto, son agentes dominicanos los que deben aplicar los controles que se emplean cada vez que se despachan vuelos a todos los destinos. Ciertamente, la República Dominicana no tiene facultad para decidir quiénes o no reúnen las condiciones para ingresar a los Estados Unidos, pero esa decisión que la adopten los norteamericanos en sus fronteras, no en nuestro territorio”, manifestaron.

Señalan los ex jueces, que los abogados que defienden los intereses de Punta Cana alegan que: “De ninguna manera disminuye la facultad del Estado dominicano en las áreas de pre chequeo
, ni cede sus atribuciones a los Estados Unidos. No implica cesión de la ley dominicana, porque a nuestro entender, las zonas de preautorización aduanal no tendrán estatus de soberanía americana ya que, por ejemplo, el artículo siete del tratado prevé que en esa área aplican las leyes dominicanas
”.

Sobre la aseveración Piña, Cury David, Gómez y Jiménez precisan que en el tratado de pre chequeo emplea un lenguaje equívoco, y tal cosa no es casual. Efectivamente el Artículo 7.1. del referido acuerdo bilateral dispone que los Estados Unidos “procurarán” que los oficiales de preautorización cumplan con las leyes de la República Dominicana mientras se encuentren en su territorio.

No obstante, dicen que a partir del artículo 7.2 la situación cobra claridad pues se establece en el artículo 7.2 que los Estados Unidos “podrán” aplicar y hacer cumplir cualquiera de sus leyes y regulaciones aduanales, migratorias, agrícolas, de seguridad nacional y de salud pública a las aeronaves, viajeros, bienes y artículos de la tienda de aeronaves en el proceso de preautorización…”.

También “podrán” actuar para detener a cualquier dominicano que según ellos estaría cometiendo delito, incluso a través de la fuerza. Podrán registrar y examinar a cualquier viajero, incluido registro corporal (hasta de cavidades corporales).

Aseguran que los dominicanos podrían ser objeto de tratos vejatorios por parte de extranjeros en su propio país.

Los cuatro jueces eméritos del TC reiteraron que el referido acuerdo de pre chequeo no existe reciprocidad, lo cual es imperativo en esta clase de tratados bilaterales.

A modo de ejemplo, mencionaron el caso de Canadá, en cuyo acuerdo con EE.UU sí existe reciprocidad. Este comprende dos partes; la primera referida al acuerdo de plecleareance de EE.UU en Canadá y la segunda, el preclearance de Canadá en EE.UU, lo cual quiere decir que habría pre chequeo en ambos países.

Sobre los refugiados, en la preclearance Act, 2016, se establece que si algún pasajero es rechazado en Canadá para entrar en EE.UU la decisión no sería judicialmente revisada en Canadá.

Igualmente, se dispone que un pasajero en un área de preautorización que pretenda entrar a Canadá está, en el sentido de la Convención de Refugiados, fuera de Canadá.

Sostienen que los EE.UU también suscribieron esa convención sobre refugiados y por tanto también asumieron las obligaciones que se nos pretende adjudicar con el controversial anexo, en el cual existe una absoluta tutela por parte dicho país en la política de refugiados de la República Dominicana, que nos obligaría a dar trámite y decidir solicitudes que estaban destinadas para los EE.UU.

Finalmente, desmintieron que el acuerdo se haya renegociado a la luz de la Sentencia TC/0315/15, al tiempo de expresar que la República Dominicana no necesita de un acuerdo de pre chequeo para continuar siendo líder del turismo en la región del Caribe.

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