COLABORACIÓN: Migración, Soberanía e Institucionalidad
Por Fabián Díaz Casado “Se considerara pasible del delito de tráfico ilícito de migrantes el que promueva, induzca, constriña, financie, transporte por vía terrestre, marítima o aérea o colabore de cualquier forma en la entrada o salida ilícita de personas al país, sea como destino u origen, o como transito a otro país, sin el cumplimiento de los requisitos legales, con el fin de obtener directa o indirectamente un beneficio financiero u otro beneficio, para sí u otros”. Artículo 2, Ley No. 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas. Fabián Díaz Casado La República Dominicana es un país libre, independiente y soberano en pleno uso de sus derechos y facultades para fijar y establecer las políticas que faciliten la organización y gobernanza de la sociedad. Renunciar a esa condición implicaría desconocer y menospreciar el sacrificio de quienes han dado su vida en la construcción de la institucionalidad democrática que hoy disfrutamos. Una ...